Moldova, República de
| Artículos |
7.9.1 (a), (b)
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7.9.2
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7.9.3
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7.9.4
Texto de la medida |
|---|---|
| Fecha indicativa de aplicación | 31 diciembre 2020 |
| Fecha definitiva de aplicación | 31 diciembre 2025 |
| Asistencia requerida para la aplicación |
- Revisar y modificar, según proceda, las normas vigentes relativas a la importación de mercancías perecederas de modo que: - el plazo de levante sea el menor posible; - se garantice, según proceda, el levante fuera de las horas habituales de trabajo de las aduanas; - se dé prioridad a estas mercancías a la hora de planificar los exámenes; - se puedan almacenar estas mercancías en condiciones adecuadas para su conservación, siempre y cuando se disponga de instalaciones aprobadas por las autoridades competentes; - siempre que sea posible y se solicite, se pueda proceder al levante en esas instalaciones de almacenamiento, y - se obligue a las autoridades a proporcionar al importador, si este lo solicita, una explicación por escrito cuando se produzca un retraso significativo en el levante de las mercancías. - Elaborar contratos de agencia oficiales, o directrices o normas operacionales, según proceda, para garantizar la cooperación y coordinación de las autoridades fronterizas en el proceso de control y levante de las mercancías perecederas; -simplificar los procedimientos de control y declaración en aduana de las mercancías perecederas ; -elaborar un reglamento para el transporte de las mercancías perecederas o que se deterioran fácilmente; -adquirir un laboratorio encargado de verificar los parámetros técnicos necesarios para el transporte de las mercancías perecederas o que se deterioran fácilmente, y la certificación de vehículos para el transporte de mercancías perecederas por carretera; -formar a colaboradores del Organismo Nacional de Transporte por Carretera sobre las normas relativas al flete por carretera de mercancías perecederas o que se deterioran fácilmente, e intercambiar experiencias con países que ya han aplicado estas prácticas; - elaborar programas de formación para el personal que se dedica al transporte de carga perecedera (expertos, gerentes y conductores); - establecer un sistema de información sobre el registro de unidades de transporte aprobadas para el transporte de mercancías perecederas o que se deterioran fácilmente, y acceder a información sobre las unidades de transporte aprobadas por otros estados. |
| Donante / Agencia |
A determinar |
| Informe de progreso |
29 mayo 2026
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G/TFA/N/MDA/4/Rev.1
The Customs Service has not received technical assistance for the implementation of Article 7.9 related to Perishable Goods. The action has been implemented by the competent national authorities through their own administrative capacity. Also, as certain actions have a continuous character, external technical assistance may be requested where appropriate and in accordance with identified needs.
With respect to implementation progress, ANSA and the Customs Service have taken coordinated steps to streamline the processing of perishable goods at export. A Joint Order adopted on 12 March 2024 establishes a dedicated procedure for prioritizing the customs clearance of such goods, thereby reducing delays and facilitating their expedited release. Key provisions are:
2 febrero 2024
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G/TFA/N/MDA/4
The Customs Service has not received technical assistance for the implementation of the Art. 7.9 related to Perishable goods.
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