Cambios entre las categorías B y C
Cambios entre las categorías B y C
El artículo 19 del AFC estipula que un país en desarrollo Miembro o un país menos adelantado Miembro podrá transferir una medida de la categoría B a la categoría C o de la categoría C a la categoría B notificándolo al Comité de Facilitación del Comercio.
En el caso de que se requiera un plazo adicional para aplicar una medida transferida, los Miembros también pueden solicitar una prórroga de conformidad con el artículo 17
Transferencias entre categorías | Total | Miembros en desarrollo | PMA |
---|---|---|---|
Miembros que han hecho cambios de la categoría B a la C | 21 | 9 | 12 |
Miembros que han hecho cambios de la categoría C a la B | 27 | 17 | 10 |
Miembros que han efectuado una transferencia entre categorías con una prórroga de las fechas de aplicación | 7 | 7 | 0 |
No. de medidas transferidas entre categorías | 157 | 62 | 95 |
No. de medidas transferidas de la categoría B a la C | 47 | 19 | 28 |
No. de medidas transferidas de la categoría C a la B | 110 | 43 | 67 |
No. de medidas transferidas con una solicitud de prórroga de las fechas de aplicación | 14 | 14 | 0 |