Suriname

5.3 - Procedimientos de prueba

Artículos 5.3.15.3.25.3.3
Texto de la medida
Fecha indicativa de aplicación 31 diciembre 2028
Fecha definitiva de aplicación 31 diciembre 2029
Plazo para solicitar una prórroga, si fuera necesario 2 septiembre 2029
Asistencia requerida para la aplicación • Establecimiento de instalaciones de prueba apropiadas desde el punto de vista sanitario y fitosanitario (bajo la coordinación del Ministerio de Agricultura).
• Establecimiento de instalaciones de prueba apropiadas desde el punto de vista de las medidas relativas a los obstáculos técnicos al comercio (bajo la coordinación de la Oficina de Normas de Suriname):
- formación especializada para llevar a cabo esta tarea con el fin de acreditar a los laboratorios;
- marco normativo y jurídico: elaboración de leyes y políticas pertinentes para los organismos. Recursos humanos y formación: fortalecimiento de la capacidad de los organismos que intervienen en la frontera, los técnicos de laboratorio y las instituciones académicas pertinentes en lo referente a la realización de segundas pruebas;
- marco institucional: se precisa asistencia técnica y actividades de creación de capacidad para las instituciones académicas y los laboratorios públicos y privados a efectos de la realización de segundas pruebas.
• Equipo e infraestructura: establecimiento de laboratorios acreditados para realizar segundas pruebas.

Etiquetas: Marco legislativo y reglamentario, Infraestructura y equipo, Recursos humanos y capacitación

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