Honduras

7.7 - Opérateurs agréés

Articles 7.7.17.7.2 (a) (i), (ii), (iii), (iv), (i), (ii)7.7.3 (a), (b), (c), (d), (e), (f), (g)7.7.47.7.57.7.6
Texte de la mesure
Date indicative de mise en oeuvre 1 mars 2022
Date définitive de mise en oeuvre 1 mars 2022
Assistance requise pour la mise en oeuvre - assistance technique et financière pour la création du département ou de l'unité "OE" au sein des services douaniers (DARA);

- fourniture de matériel et de logiciels;

- assistance technique pour la formation des ressources humaines chargées de la question;

- assistance technique et renforcement des capacités pour l'ensemble des organismes publics concernés par la question;

- sensibilisation et formation du personnel des organismes publics et privés.

Étiquettes: Technologies de l’information et de la communication (TIC), Infrastructure et equipment

Donateur / Agence

Conférence des Nations Unies sur le commerce et le développement, Agence des États-Unis pour le développement international, Allemagne, Royaume-Uni

Progrès rapporté
27 mars 2024 — G/TFA/N/HND/4  
Cooperación Técnica Honduras-UNCTAD

Consultoría con el objetivo de levantar una hoja de ruta en la plataforma Reform Tracker resultado de ello se ha incorporado información en el Reform Tracker que permite a las agencias identificar las responsabilidades asignadas a cada una de ellas.

Cooperación Técnica Honduras-USAID

Él apoyó consistió en la implementación del Programa de Operador Económico Autorizado de Honduras con el acompañamiento a las empresas para cumplir los requisitos, así como la habilitación para convertirse en OEA, así como la implementación de estrategia para la inclusión de otras autoridades de control, y demás actores de la cadena logística, apoyando al fortalecimiento del programa, logrando un acuerdo reconocimiento mutuo centroamericano.
Informal report on implementation
24 février 2025 — G/TFA/2/HND/INF/1  

Norma expedida / Marco jurídico

Resolución CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA No. 368-2015 (COMIECO-LXXIII)

Ubicación para descarga / información adicional

aduanas.gob.hn/wp-content/uploads/2020/08/Resolucion-368-2015-COMIECO-Reformas-OEA.pdf

Criterios del cumplimiento






CriterioDescripciónArchivo
Trato no discriminatorio incluido en la legislaciónLa legislación es integradora y no da lugar a discriminaciones injustificables por nacionalidad, tamaño o volumen de comercio, por lo que el programa es accesible a las pequeñas y medianas empresas. En el Acuerdo No. ADUANAS-DE-050-2020, sobre las disposiciones administrativas aplicables al OEA, se describe en los artículos 1, 2, 3, 4 y 5 los criterios y disposiciones administrativas en los que no discrimina negocios por tamaño o volumen.https://www.aduanas.gob.hn/wp-content/uploads/2021/02/12-DE-NOVIEMBRE-DE-2020-35427-SECCION-A.pdf">12-DE-NOVIEMBRE-DE-2020-35427-SECCION-A.pdf
La legislación permite la negociación de acuerdos de reconocimiento mutuoLa legislación permite a los Miembros de la OMC negociar el reconocimiento mutuo de los sistemas de operadores autorizados con otros Miembros. En el Acuerdo No. ADUANAS-DE-050-2020, sobre las disposiciones administrativas aplicables al OEA, establece en el artículo 16 lo descrito.https://www.aduanas.gob.hn/wp-content/uploads/2021/02/12-DE-NOVIEMBRE-DE-2020-35427-SECCION-A.pdf12-DE-NOVIEMBRE-DE-2020-35427-SECCION-A.pdf">12-DE-NOVIEMBRE-DE-2020-35427-SECCION-A.pdf
La legislación está en vigorLa legislación que autoriza a la Aduana a brindar beneficios adicionales a los operadores autorizados se ha promulgado y está en vigor. En el Acuerdo No. ADUANAS-DE-050-2020, sobre las disposiciones administrativas aplicables al OEA, en su ARTÍCULO 31. PUBLICACIÓN Y VIGENCIA. establece que "El presente Acuerdo entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta".https://www.aduanas.gob.hn/wp-content/uploads/2021/02/12-DE-NOVIEMBRE-DE-2020-35427-SECCION-A.pdf">12-DE-NOVIEMBRE-DE-2020-35427-SECCION-A.pdf
Se han definido los procedimientos para la presentación y el examen de las solicitudes de la condición de operador autorizadoLa legislación define procedimientos para la presentación y el examen de las solicitudes de la condición de operador autorizado en la Resolución CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA No. 368-2015 (COMIECO-LXXIII) en su artículo 162. SOLICITUD PARA LA HABILITACIÓN COMO OPERADOR ECONÓMICO AUTORIZADO; y, en el Acuerdo No. ADUANAS-DE-050-2020 (Reformado a través del Acuerdo No. ADUANAS-DE-035-2023) en sus artículos 4. SOLICITUD, 6. REVISIÓN DE DOCUMENTOS Y CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS, 7. VALIDACIÓN y 8. REVALUACIÓN.https://www.aduanas.gob.hn/wp-content/uploads/2020/08/Resolucion-368-2015-COMIECO-Reformas-OEA.pdf">Resolucion-368-2015-COMIECO-Reformas-OEA.pdf

https://www.aduanas.gob.hn/wp-content/uploads/2024/07/Acuerdo-ADUANAS-DE-035-2023.pdf">Acuerdo-ADUANAS-DE-035-2023.pdf

https://www.aduanas.gob.hn/wp-content/uploads/2021/02/12-DE-NOVIEMBRE-DE-2020-35427-SECCION-A.pdf">12-DE-NOVIEMBRE-DE-2020-35427-SECCION-A.pdf

Se han definido procedimientos con arreglo a los cuales la administración de aduanas vigilará a los operadores autorizados para asegurarse de que siguen cumpliendo los criterios de admisibilidadLa legislación define procedimientos con arreglo a los cuales la administración de aduanas vigilará a los operadores autorizados para asegurarse de que siguen cumpliendo los criterios de admisibilidad en la Resolución CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA No. 368-2015 (COMIECO-LXXIII) en su artículo 165. OBLIGACIONES; y, en el Acuerdo No. ADUANAS-DE-050-2020 (Reformado a través del Acuerdo No. ADUANAS-DE-035-2023) en sus artículos 13. OBLIGACIONES, 19. SUSPENSIÓN y 20. CANCELACIÓN.https://www.aduanas.gob.hn/wp-content/uploads/2020/08/Resolucion-368-2015-COMIECO-Reformas-OEA.pdf" style="background-color: rgb(255, 255, 255);">Resolucion-368-2015-COMIECO-Reformas-OEA.pdf

https://www.aduanas.gob.hn/wp-content/uploads/2024/07/Acuerdo-ADUANAS-DE-035-2023.pdf" style="background-color: rgb(255, 255, 255);">Acuerdo-ADUANAS-DE-035-2023.pdf

https://www.aduanas.gob.hn/wp-content/uploads/2021/02/12-DE-NOVIEMBRE-DE-2020-35427-SECCION-A.pdf" style="background-color: rgb(255, 255, 255);">12-DE-NOVIEMBRE-DE-2020-35427-SECCION-A.pdf
Se ha delegado la responsabilidad de la aplicación del programa de operadores autorizados a una dependencia de la administración de AduanasLa Administración Aduanera de Honduras ha delegado una dependencia administrativa para la aplicación del programa de operadores autorizados. Lo establece en el Acuerdo No. ADUANAS-DE-050-2020, artículo 26. DEPENDENCIA ADMINISTRATIVA y asimismo lo ha publicado en el Portal Único de Transparencia de la Oficina Nacional de Desarrollo Integral del Control Interno (ONADICI).
El Portal Único de Transparencia es una plataforma tecnológica gratuita, creada por el Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) para facilitar a las personas el ejercicio del derecho de acceso a la información completa, veraz, adecuada y oportuna que generan las diferentes instituciones que manejan fondos públicos, en los términos definidos por la Ley de Transparencia en sus artículos 4 y 13. Esta herramienta forma parte del Sistema Nacional de Información Pública (SINAIP). 
https://www.aduanas.gob.hn/wp-content/uploads/2021/02/12-DE-NOVIEMBRE-DE-2020-35427-SECCION-A.pdf">12-DE-NOVIEMBRE-DE-2020-35427-SECCION-A.pdf

https://portalunico.iaip.gob.hn/ver_archivo/MjIxMDU3OA==">Organigrama_Aduanas_Noviembre_v1
Los criterios de selección, las condiciones y los procedimientos para otorgar, modificar o rescindir la condición de operador autorizado se publican y se alinean con las mejores prácticas internacionalesLos criterios de selección, las condiciones y los procedimientos para otorgar, modificar o rescindir la condición de operador autorizado se publican y se alinean con las mejores prácticas internacionales. Se comparte enlace a la sección del OEA en el sitio web oficial de la Administración Aduanera de Honduras. https://www.aduanas.gob.hn/operador-economico-autorizado-oeahonduras/">https://www.aduanas.gob.hn/operador-economico-autorizado-oeahonduras/


Referencia detalladas del cumplimiento





ArtículoNorma expedida / Marco jurídicoArtículo(s)
7.1Resolución CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA No. 368-2015 (COMIECO-LXXIII)
https://www.aduanas.gob.hn/wp-content/uploads/2020/08/Resolucion-368-2015-COMIECO-Reformas-OEA.pdf">Resolucion-368-2015-COMIECO-Reformas-OEA.pdf

Acuerdo No. ADUANAS-DE-050-2020
https://www.aduanas.gob.hn/wp-content/uploads/2021/02/12-DE-NOVIEMBRE-DE-2020-35427-SECCION-A.pdf" style="background-color: rgb(255, 255, 255);">12-DE-NOVIEMBRE-DE-2020-35427-SECCION-A.pdf
160. REGULACIONES DEL SERVICIO ADUANERO 


2. FINALIDAD
7.2Resolución CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA No. 368-2015 (COMIECO-LXXIII)
https://www.aduanas.gob.hn/wp-content/uploads/2020/08/Resolucion-368-2015-COMIECO-Reformas-OEA.pdf" style="background-color: rgb(255, 255, 255);">Resolucion-368-2015-COMIECO-Reformas-OEA.pdf

Acuerdo No. ADUANAS-DE-050-2020
https://www.aduanas.gob.hn/wp-content/uploads/2021/02/12-DE-NOVIEMBRE-DE-2020-35427-SECCION-A.pdf" style="background-color: rgb(255, 255, 255);">12-DE-NOVIEMBRE-DE-2020-35427-SECCION-A.pdf
163. REQUISITOS



5. REQUISITOS
7.3Resolución CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA No. 368-2015 (COMIECO-LXXIII)
https://www.aduanas.gob.hn/wp-content/uploads/2020/08/Resolucion-368-2015-COMIECO-Reformas-OEA.pdf">Resolucion-368-2015-COMIECO-Reformas-OEA.pdf

Acuerdo No. ADUANAS-DE-050-2020
https://www.aduanas.gob.hn/wp-content/uploads/2021/02/12-DE-NOVIEMBRE-DE-2020-35427-SECCION-A.pdf" style="background-color: rgb(255, 255, 255);">12-DE-NOVIEMBRE-DE-2020-35427-SECCION-A.pdf
166. FACILIDADES PARA EL OPERADOR ECONÓMICO AUTORIZADO


15. FACILIDADES Y BENEFICIOS
7.4Resolución CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA No. 368-2015 (COMIECO-LXXIII)
https://www.aduanas.gob.hn/wp-content/uploads/2020/08/Resolucion-368-2015-COMIECO-Reformas-OEA.pdf" style="background-color: rgb(255, 255, 255);">Resolucion-368-2015-COMIECO-Reformas-OEA.pdf
160. REGULACIONES DEL SERVICIO ADUANERO 
7.5Resolución CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA No. 368-2015 (COMIECO-LXXIII)
https://www.aduanas.gob.hn/wp-content/uploads/2021/02/12-DE-NOVIEMBRE-DE-2020-35427-SECCION-A.pdf" style="background-color: rgb(255, 255, 255); color: rgb(0, 61, 81); text-decoration-line: underline; outline: 0px !important;">12-DE-NOVIEMBRE-DE-2020-35427-SECCION-A.pdf
16. ACUERDO O ARREGLO DE RECONOCIMIENTO MUTUO
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